Un cobrador de deudas llama a su número de trabajo. Te humillan delante de tus compañeros o de tu jefe. La llamada puede ser ilegal y, si lo es, es posible que tenga un reclamo federal contra el cobrador por un valor de hasta $1,000 en daños legales más honorarios de abogados. FDCPA §805 (15 U.S.C. §1692c) establece reglas estrictas sobre cuándo y cómo los cobradores pueden comunicarse con usted en su lugar de empleo. Esto es lo que dice la ley y cómo detener inmediatamente las llamadas de cobro en el lugar de trabajo.
Lo que realmente prohíbe la FDCPA §805
FDCPA §805(a)(3) prohíbe a un cobrador de deudas comunicarse con un consumidor "en el lugar de trabajo del consumidor si el cobrador de deudas sabe o tiene motivos para saber que el empleador del consumidor le prohíbe recibir dicha comunicación". Esto significa: si le dice al cobrador que su empleador no permite llamadas personales, debe dejar de hacerlo. Si continúan, cada llamada posterior será una violación de la ley federal.
Además, el artículo 805(b) prohíbe a los cobradores comunicarse con "cualquier persona que no sea el consumidor, el abogado del consumidor, una agencia de informes del consumidor si la ley lo permite, el acreedor, el abogado del acreedor o el abogado del cobrador de deudas" en relación con el cobro de una deuda. Esto significa que un cobrador que le dice a su recepcionista, su jefe o su compañero de trabajo que están llamando por una deuda, en lugar de simplemente preguntar por usted, puede haber violado la sección 805(b) al revelar la existencia de la deuda a un tercero.
Cómo invocar su derecho a suspender llamadas en el lugar de trabajo
Puede detener las llamadas de cobro en el lugar de trabajo de dos maneras: verbalmente (durante una llamada, dígale al cobrador que su empleador prohíbe las llamadas personales y que no deben llamar a su lugar de trabajo), o por escrito (envíe una carta por correo certificado indicando que su empleador prohíbe recibir llamadas personales y que todo contacto futuro debe ser por correo a su dirección particular). El método escrito es más sólido porque crea un rastro en papel; las instrucciones verbales son más difíciles de probar si el cobrador continúa llamando y luego usted presenta una queja o demanda.
No es necesario que la carta sea compleja: "Tenga en cuenta que trabajo en [Nombre del empleador] y mi empleador prohíbe las llamadas personales durante el horario laboral. No debe comunicarse conmigo en mi lugar de empleo, incluidas las llamadas a [número de teléfono del trabajo]. Toda la correspondencia futura debe enviarse a mi dirección particular: [su dirección]". Enviar correo certificado con acuse de recibo. Cualquier llamada posterior a su lugar de trabajo después de recibir esta carta es una posible infracción de la FDCPA.
La opción de "cesar la comunicación": una herramienta poderosa pero irreversible
Según FDCPA §805(c), puede enviar una carta escrita de cese y desistimiento exigiendo que el cobrador detenga toda comunicación con usted. Una vez que reciban esta carta, solo podrán comunicarse con usted para: confirmar que dejarán de hacerlo, notificarle sobre soluciones específicas (demanda, arbitraje) o notificarle sobre acciones específicas que pretenden tomar. En la práctica, la mayoría de los cobradores interrumpen todo contacto después de recibir una carta §805(c).
La advertencia: un cese y desista no hace que la deuda desaparezca. El cobrador aún puede demandarlo o remitir la cuenta al acreedor original. En algunos casos, silenciar al cobrador sin abordar la deuda subyacente puede dar lugar a una demanda presentada en su domicilio. Utilice §805(c) estratégicamente: si la deuda está en disputa, combine el cese y desistimiento con una solicitud formal de validación de deuda §809, no solo la orden de cese.
Violaciones de la FDCPA: lo que puede recuperar
Si un cobrador viola la sección 805 al continuar llamando a su lugar de trabajo después de que le dijeron que dejara de hacerlo, o al revelar la deuda a sus compañeros de trabajo, usted tiene un derecho de acción privado según la sección 1692k de la FDCPA. Los daños recuperables incluyen: daños reales (vergüenza, salarios perdidos si las llamadas del cobrador causaron medidas disciplinarias, angustia emocional con la documentación), daños legales de hasta $1,000 por demanda (no por infracción; el límite es por acción independientemente de cuántas infracciones ocurrieron) y honorarios y costos de abogados si usted prevalece. Muchos abogados de la FDCPA toman estos casos como contingentes porque el cambio de honorarios los hace económicamente viables incluso cuando los daños reales son modestos.
Para construir un caso viable: documente cada llamada (fecha, hora, identificador de llamadas, duración, lo que se dijo), guarde los mensajes de voz, anote los nombres de los compañeros de trabajo que presenciaron las llamadas o las recibieron, envíe todas las cartas de cese de comunicación por correo certificado, presente una queja ante la CFPB en consumerfinance.gov/complaint para crear un registro regulatorio y consulte a un abogado de la FDCPA antes de que expire el plazo de prescripción de un año.
¿Qué pasa con las llamadas a tu celular?
Las reglas de llamadas en el lugar de trabajo de la FDCPA se aplican a las llamadas realizadas a su lugar de trabajo, específicamente a un número de trabajo o a un número donde se le puede localizar en el trabajo. Si un cobrador llama a su número de teléfono celular personal mientras usted está en el trabajo, las reglas de llamadas en el lugar de trabajo técnicamente no se aplican (la llamada es a su número personal, no al de su empleador). Sin embargo, si le dice verbalmente al cobrador que las llamadas a su número de celular le llegan en el trabajo y su empleador prohíbe las llamadas personales, un cobrador razonable debe dejar de hacerlo, y continuar después del aviso es potencialmente una violación del artículo 805(a)(3), independientemente de si el número es técnicamente una línea de trabajo.
Llamadas a terceros: una categoría de infracción separada
Si un cobrador llamó a su empleador o compañero de trabajo para localizarlo, en lugar de llamarlo directamente al trabajo, ese contacto se rige por la FDCPA §804 (reglas de información de ubicación). Los cobradores que se comuniquen con terceros para encontrar la ubicación de un consumidor deben: identificarse y declarar que están confirmando o corrigiendo la información de ubicación, no declarar que el consumidor tiene una deuda y no comunicarse con ese tercero más de una vez a menos que tengan buenas razones para creer que el primer contacto fue incorrecto. Un cobrador que le dijo a su empleador "Estoy llamando por una deuda de [su nombre]" violó §804(b) al revelar la existencia de una deuda a un tercero sin permiso. ¿Está tratando con una cuenta de cobro que tiene infracciones de la FDCPA? Restore Credit le ayuda a disputar el lado del informe crediticio de las cuentas de cobro con cartas citadas por la FCRA. Para violaciones de la FDCPA, consulte a un abogado de la FDCPA. Los resultados varían. Restore Credit es un software, no una organización de reparación de crédito.
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